Condonación de deudas con el SII y Tesorería: Cómo funciona este beneficio y cómo solicitarlo

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Durante las últimas semanas hemos hablado sobre un beneficio que muchos emprendedores desconocen y que puede marcar una gran diferencia al momento de regularizar una deuda tributaria. 

Actualmente, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR) mantienen vigente una política que permite solicitar la condonación de parte de las multas e intereses asociados a determinadas deudas tributarias.

Y aquí queremos aclarar algo muy importante desde el principio: este beneficio no elimina la deuda que tienes con el Estado. Lo que busca es reducir el monto que se ha ido acumulando por concepto de multas e intereses, facilitando así la regularización de tu situación tributaria.

Por eso preparamos esta guía: La idea es explicarte, de la forma más simple posible, qué contempla este beneficio, qué tipo de deudas pueden acogerse y cuáles son los pasos generales para solicitarlo.

Partamos desde la base… Cuando un contribuyente no declara o no paga sus impuestos dentro de los plazos legales, la deuda comienza a generar multas e intereses.

Con esta política de condonación es posible solicitar una rebaja sobre esos recargos, disminuyendo el monto total a pagar.

Es importante insistir en este punto: La condonación aplica sobre las multas e intereses, no sobre el impuesto adeudado.

Te cito un ejemplo: “Si originalmente debías $1.000.000 en impuestos y, con el paso del tiempo, la deuda aumentó a $1.500.000 por multas e intereses, la rebaja podría aplicarse sobre esos $500.000 adicionales, no sobre el millón correspondiente al impuesto original.”

¿Qué tipo de deudas pueden acceder?

Dependiendo del caso, este beneficio puede aplicarse sobre deudas relacionadas con:

  • Formularios 29 y 50.
  • Declaraciones de Renta.
  • Declaraciones Juradas.
  • Diferencias de impuestos determinadas por el SII.
  • Multas tributarias.
  • Contribuciones pagadas fuera de plazo, entre otras situaciones contempladas por la normativa.

¿Cuánto pueden rebajarte?

El porcentaje de condonación dependerá principalmente de la antigüedad de la deuda y de la forma en que se solicite el beneficio.

Como referencia, la política vigente contempla porcentajes de hasta:

Antigüedad de la deuda

Solicitud por Internet

Solicitud presencial

1 a 3 meses

Hasta 70%

Hasta 60%

4 a 12 meses

Hasta 60%

Hasta 50%

13 a 24 meses

Hasta 55%

Hasta 50%

Más de 24 meses

Hasta 50%

Hasta 40%

Para entenderlo mejor, imagina este ejemplo:

“Una empresa mantiene una deuda que acumuló $800.000 en multas e intereses. Si califica para una condonación del 70%, podría rebajar $560.000 de esos recargos, pagando solo los $240.000 restantes, además del impuesto originalmente adeudado”

Como ves, en algunos casos la diferencia puede ser bastante significativa.

¿Cómo se solicita este beneficio?

El proceso puede realizarse por Internet o de manera presencial, dependiendo del tipo de deuda que mantenga el contribuyente.

En términos generales, el procedimiento consiste en:

  1. Ingresar al portal del SII con tu RUT y clave tributaria.
  2. Acceder a la sección donde se administran los giros o deudas tributarias (La ubicación puede variar según si la deuda corresponde a impuestos mensuales, declaraciones de renta, declaraciones juradas u otro tipo de obligación tributaria)
  3. Revisar los giros disponibles y seleccionar la deuda que deseas regularizar.
  4. El sistema mostrará automáticamente el monto actualizado y, cuando corresponda, la condonación aplicable sobre multas e intereses.
  5. Si decides continuar, podrás realizar el pago correspondiente o evaluar posteriormente las alternativas disponibles para regularizar el saldo pendiente.

Cada tipo de deuda tiene un procedimiento específico dentro del portal del SII, por lo que es importante revisar correctamente cuál corresponde a tu caso antes de realizar cualquier gestión.

Aunque el trámite puede realizarse directamente por el contribuyente, nuestra recomendación es revisar primero tu situación junto a un contador.

Muchas veces no basta con solicitar una condonación. Antes conviene analizar si existen declaraciones pendientes, diferencias tributarias, observaciones o incluso alternativas más convenientes para regularizar la deuda.

Además, si después de aplicada la condonación el monto sigue siendo difícil de pagar al contado, es posible evaluar otras opciones, como un convenio de pago con la Tesorería General de la República, dependiendo de la situación particular del contribuyente.

¿Cómo podemos ayudarte?

En nuestros planes contables no solo nos preocupamos de declarar impuestos. También acompañamos a nuestros clientes para que entiendan estos beneficios, revisen su situación tributaria y puedan tomar la mejor decisión antes de realizar cualquier trámite.

Porque muchas veces un buen contador no solo ayuda a pagar menos multas, sino que evita que vuelvan a generarse.

Si tienes deudas con el SII o la Tesorería y no sabes cuál es la mejor alternativa para regularizarlas, escríbenos. Revisaremos tu caso y te orientaremos sobre el camino más conveniente para tu empresa, de acuerdo con su realidad tributaria.

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