Llegó septiembre y con él empiezan los aguinaldos, las celebraciones con el equipo, las cajas dieciocheras, la decoración del local y, por supuesto, las dudas con los feriados.
Y aunque muchas de estas cosas parecen sencillas, hay algunas consideraciones laborales y tributarias que como empresa deberías tener claras antes de celebrar.
Así que te preparamos esta guía para explicártelo de forma simple y evitar errores innecesarios este 18:
1. Los Irrenunciables: El 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, aunque existen algunas excepciones.
Por ejemplo, hay actividades que pueden funcionar durante estos días, como restaurantes, establecimientos de entretenimiento, estaciones de servicio y otras actividades específicamente exceptuadas por la ley.
Entonces, si tu negocio normalmente funciona durante Fiestas Patrias, no asumas que tus trabajadores pueden trabajar simplemente porque les vas a pagar adicional. Primero debes revisar si tu actividad está dentro de las excepciones y cómo corresponde organizar los turnos y descansos.
2. El famoso aguinaldo de Fiestas Patrias: Aquí también existe bastante confusión. Si tienes una empresa privada, no existe una obligación general de pagar aguinaldo solo porque llegó septiembre.
Pero ojo, porque eso puede cambiar si el aguinaldo está establecido en el contrato de trabajo, en un instrumento colectivo o si lo vienes entregando de manera reiterada y ya se ha convertido en un beneficio habitual para tus trabajadores.
Por eso, antes de decidir este año “no vamos a dar aguinaldo”, revisa primero qué tienes pactado y qué ha venido haciendo tu empresa en años anteriores.
3. Celebraciones, regalos y otros gastos de Fiestas Patrias
Aquí viene una de las partes más interesantes.
Durante septiembre aparecen gastos como asados, almuerzos, celebraciones con el equipo, cajas dieciocheras, gift cards, bonos, premios, decoración del local y distintas actividades internas.
Y sí, varios de estos gastos pueden tener relación con la empresa y llevarse a contabilidad, pero no significa que cualquier compra hecha durante Fiestas Patrias automáticamente sea un gasto tributariamente aceptado.
Tiene que existir coherencia con la realidad de tu negocio.
Por ejemplo, si tienes una empresa prácticamente sin movimientos durante el año y de repente aparece una factura importante por un asado o una celebración, es bastante lógico que ese gasto pueda generar dudas sobre su relación real con la empresa.
Lo mismo ocurre si haces un gasto importante bajo el concepto de “celebración para trabajadores”, pero tu empresa no tiene trabajadores contratados, o si el monto de la celebración es completamente desproporcionado respecto del tamaño y operación del negocio.
Y este es probablemente uno de los errores más comunes que cometen muchos emprendedores: “Pedí factura a nombre de la empresa, así que puedo pasarlo como gasto.”
Y la realidad, es que no necesariamente aplica de esa forma. Una cosa es que la compra aparezca en tu contabilidad y otra es que corresponda utilizarla tributariamente como gasto o aprovechar el IVA asociado. Siempre hay que mirar el contexto y la realidad de cada empresa.
Entonces, ¿qué deberías hacer?
Al final, todo esto se resume en algo bastante simple: no esperes a que termine el mes para recién preguntarle a tu contador qué hacer.
Si vas a entregar un beneficio, hacer una celebración, comprar algo para el equipo o tienes dudas con los feriados, lo mejor es revisarlo antes. Ahí es donde realmente una buena asesoría hace la diferencia.
Y justamente así trabajamos en Consultores LK.
No queremos ser el contador al que solo le mandas documentos una vez al mes. La idea es acompañarte, ayudarte a revisar este tipo de decisiones y que tengas claridad antes de hacerlas.
Porque muchas veces el problema no está en el gasto o en la decisión, sino en haberla hecho sin saber cómo correspondía manejarla.
Si buscas una contabilidad más cercana, más ordenada y con acompañamiento real durante el mes, escríbenos y conoce nuestros planes contables.
